28 jun 2011

Comaternidad: la demanda pendiente

 
En el día internacional del orgullo LGBT



La comunidad combina los festejos con el pedido de la sanción de la ley de identidad de género y una solución para las parejas de mujeres que tuvieron hijos antes de la norma de matrimonio igualitario y no pueden inscribirlos.

Como cada 28 de junio, los festejos por el Día Internacional del Orgullo LGBT ponen a la diversidad sexual como tema de celebración y de denuncia. Mientras en el mundo, cerca 80 países condenan por ley la homosexualidad, la Argentina se encuentra, en este nuevo aniversario, a la vanguardia en el reconocimiento de derechos y en la lucha contra la discriminación. Las organizaciones de lesbianas, gays, bisexuales y transexuales saldrán hoy a las calles a festejar por el mayor de sus logros, la ley de matrimonio igualitario y a pedir por lo que falta: el reconocimiento de los hijos nacidos antes de la sanción de esa norma y el tratamiento de una ley de identidad de género.
Mientras la segunda demanda espera su tratamiento en el Parlamento, todo indica que la propuesta para reparar a las parejas de mujeres que tuvieron chicos antes de casarse, pero no pueden inscribirlos como hijos de ambas, tendrán una resolución por decreto desde el Ejecutivo. Las organizaciones Lesmadres, 100% Diversidad y Derechos y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), asesorados por la abogada Nelly Minyersky, elaboraron una propuesta que presentaron al viceministro del Interior, Marcio Barbosa en agosto de 2010. Después de largas negociaciones, el proyecto tuvo un dictamen favorable de ese ministerio y según explicaron fuentes de esa cartera, está en la actualidad en manos de la Secretaría Legal y Técnica de la Presidencia.
La propuesta busca cubrir un vacío que había dejado la ley en relación a los procedimientos de inscripción de los hijos. Tras la sanción, las familias de mujeres lesbianas quedaron divididas en dos realidades: la de aquellas constituidas antes de la norma y la de las parejas que tuvieron hijos después. En el segundo caso, más de quince niños fueron inscriptos en las provincias de Buenos Aires, Entre Ríos, Córdoba, Santa Fe y Ciudad Autónoma.
Sin embargo, la situación no fue igual de sencilla para las otras mamás. Si bien contaban con el resguardo del artículo 42, una cláusula complementaria donde se establece que no se podrá “limitar, restringir, excluir o suprimir el ejercicio o goce de los mismos derechos y obligaciones, tanto al matrimonio constituido por personas del mismo sexo como al formado por dos personas de distinto sexo”, los registros civiles se resistieron a admitir los pedidos advirtiendo que “no podían aplicar el criterio retroactivo” y “que el texto no era claro en los procedimientos”.
En el caso de resolverse esta situación, estas familias podrán contar con los iguales derechos incluyendo decisiones médicas, seguros sociales, herencias, licencias, manutención y obligaciones en caso de separación o fallecimiento. Las organizaciones están realizando un registro para determinar de cuántas familias se trataría. Hasta la fecha recibieron información de 177 parejas de todas las provincias salvo Jujuy, Formosa y Chaco, con dos hijos en promedio, la mayoría menores de cuatro años. 

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